Corte IDH falla a favor del Estado paraguayo en caso de Arrom y Martí

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) rechazó la demanda contra el Estado en el caso Juan Arrom-Anuncio Martí por supuesta tortura. El histórico fallo dispone que no se pague la indemnización requerida por los dos prófugos.

La Corte IDH dio a conocer este martes (4) su sentencia en el caso «Arrom Suhurt y otros» contra el Estado paraguayo, en la que declaró por unanimidad que el Estado no es responsable de las supuestas violaciones a los derechos humanos que motivó la denuncia ante la instancia internacional, informó IP Paraguay.  

«Al no haberse establecido la responsabilidad internacional del Estado, no procede pronunciarse sobre reparaciones, costas y gastos» indicó la parte resolutiva de la sentencia firmada por el presidente de la CIDH, Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, y demás magistrados que atendieron el caso.

En la sentencia, la Corte advirtió que los indicios presentados son insuficientes para inferir la conclusión de que Arrom y Martí fueron privados de libertad por parte de agentes estatales o con la aquiescencia de éstos por lo que concluye que el Estado no es responsable de la violación de los artículos 3, 4, 5 y 7 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

Igualmente concluyó que el Estado no incumplió con su obligación de iniciar de oficial la investigación del caso denunciado y que igualmente llevó a cabo la investigación con la debida diligencia. Por estas razones, la Corte concluyó que el Estado no es tampoco responsable de los artículos de la Convención referidos a la desaparición forzada y la prevención de la tortura.

Con esta sentencia, el caso que llevó al Estado paraguayo ante la CIDH en febrero pasado queda archivado.

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