Hacienda y sector empresarial acuerdan prorrogar IRP

Gremio de empresarios y el Ministerio de Hacienda acordaron extender el plazo para la presentación de declaraciones juradas rectificativas del Impuesto a la Renta Personal (IRP) y del vencimiento 2017 hasta el 31 de julio del presente año.

Luego de intensas gestiones y diversas reuniones determinaron lo siguiente:

Los contribuyentes del IRP afectados por los reclamos y rectificativas, en torno a las inversiones de renta por los periodos anteriores a la presente, podrán beneficiarse de la exclusión de responsabilidad contemplada en el artículo 185 de la Ley 125/91, materializada a través de un dictamen de la Abogacía del Tesoro y una Resolución que será emitida por la Administración Tributaria.

La prórroga hasta el 31 de Julio del presente año para la presentación de las Declaraciones Juradas, correspondientes a la liquidación del IRP del periodo fiscal 2017, por parte de todos los contribuyentes de dicho impuesto. Se aclara igualmente que dichas presentaciones deberán ser realizadas conforme a las normas y reglamentaciones vigentes actualmente, entiéndase Ley, Decreto y Resolución vigente de la Subsecretaria de Administración Tributaria (SET) en materia de liquidación del IRP, informó IP Paraguay.

La prórroga hasta el 31 de Julio de este año para que aquellos contribuyentes que recibieron o no notificaciones de la Administración Tributaria presenten voluntariamente las rectificativas necesarias vinculadas a las inversiones en renta por la compra de acciones realizadas, beneficiándose igualmente de la exclusión de responsabilidad consagrada en la Resolución a ser emitida por la SET.

El sector empresarial deja una reserva de derecho, en el sentido de que aquellos asociados que no consideren suficiente las exoneraciones previstas y cuestionen la interpretación de la Administración Tributaria, puedan buscar en el ámbito de la Justicia el reconocimiento de sus respectivos criterios interpretativos.

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