Dale un valor agregado a tu empresa, protegiendo tu capital intelectual

Crédito columna: Cilia Romero. 

La propiedad intelectual es un elemento constante de la realidad que nos rodea. Todo producto o servicio que utilizamos en nuestra vida cotidiana es el resultado de una larga cadena de innovaciones, grandes o pequeñas, como las mejoras que hacen que un producto tenga la apariencia que tiene hoy o funcione de la manera en que lo hace.

Muchos otros han mejorado el producto y su diseño y han protegido legalmente sus mejoras mediante la adquisición de derechos de propiedad intelectual. Éste es el caso de casi todos los productos o servicios que se hallan en el mercado. La gestión de la propiedad intelectual se está convirtiendo cada vez más como uno de los aspectos centrales de la actividad innovadora.

La mayoría de las organizaciones saben cómo producir bienes y servicios, pero ahora deben hacerlo utilizando la aplicación adecuada del conocimiento en sus estructuras y procesos. Es tiempo de que las instituciones obtengan más provecho de sus ventajas intangibles, es decir, de esos elementos con que cuenta la organización cuya base es el conocimiento y que son difíciles de cuantificar, tocar, expresar y evaluar.

Han surgido numerosos casos de emprendedores que iniciaron un negocio sin considerar sus activos intangibles y una vez que han salido al mercado se enfrentan ante la realidad de que su identidad ha sido replicada en varias otras iniciativas similares, dañando su inversión y la visibilidad del consumidor hacia un negocio innovador y creativo o de una marca que se ha posicionado por su calidad y prestigio en el mercado.

De hecho, podemos afirmar que en estos casos las empresas deben realizar un doble marketing: por un lado vender sus productos y por otro destinar grandes esfuerzos e inversiones a que el consumidor entienda que el servicio o producto original viene de parte de la empresa creadora.

Un caso como éste fue el sucedido en el año 2016 con la empresa Don Vito en Paraguay, que a consecuencia de un mal manejo de su propiedad intelectual y de no tomar los recaudos adecuados con su marca, se vio afectada por un escándalo de higiene y manejo de productos alimenticios de consumo humano, lo que le llevo a invertir grandes sumas de dinero en identificar sus locales con la etiqueta de “Don Vito original”.

Sin embargo, el daño ya estaba hecho y penosamente muchos de sus consumidores asociaban el mal manejo de los alimentos con la marca en sí misma y preferían dejar de consumir los productos. La marca ha hecho grandes esfuerzos por mantenerse vigente en el mercado por lo que esto ejemplifica claramente la importancia de no reservar los esfuerzos en la protección adecuada y eficaz de nuestros activos intangibles.

Y, ¿por qué proteger? Porque el valor como solución técnica no es equivalente al valor por exclusividad del mercado. Es decir, lo que se transfiere es el derecho, no el conocimiento. De esta forma los derechos de propiedad intelectual otorgan a su titular (quien lo solicita primero) un derecho exclusivo para realizar cualquier tipo de explotación, en el territorio cubierto por ese derecho. El objetivo de buscar la protección es diferenciarnos en el mercado, crear identidad y agregar valor a mi empresa.

En este sentido, ante todo debemos identificar aquello que es parte de la actividad económica que puede protegerse, que sea productivo y competitivo. Que pueda diferenciarse por ser un conocimiento innovador, un conocimiento protegible. Entonces, ¿cuáles son esos activos?

1- EL SECRETO COMERCIAL 

El secreto comercial, es muy utilizado por las Pymes, sin embargo, no son muy conscientes de que lo usan. Se trata de todo conocimiento sobre productos o procedimientos industriales, cuyo mantenimiento en reserva proporciona a su poseedor una mejora, avance o ventaja competitiva en el mercado. El mismo se verifica en el resguardo de información relacionada a cartera de clientes,  técnicas de manejo del negocio,  procesos, técnicas de fabricación, dibujos, modelos, mapas, estrategias comerciales, los que normalmente no aparecen en ningún lado. Es aquí donde debe entenderse la importancia de proteger estos activos.

Para que podamos hacerlo deben darse algunos supuestos o condiciones para pretender la protección absoluta de la información.

– La información debe ser secreta o confidencial.

– Debe tener un valor comercial.

– Debe ser objeto de medidas razonables para mantener el secreto.

– Debe involucrar una estrategia o ventaja competitiva.

Es decir, para que podamos mantener esta información en reserva, el secreto comercial debería agregar valor como solución, valor que permitirá la exclusividad de mercado. El objetivo del secreto comercial es entonces permitir diferenciarme crear identidad, agregar valor a mi empresa.

Una vez que logramos identificar esas ventajas competitivas lo que debemos realizar es protegerla. Esto es posible  mediante las siguientes vías:

– Acuerdos de no divulgación.

– Documentos marcados con las palabras, Confidencial o No Copiar.

– Cláusulas de confidencialidad en las comunicaciones.

Estos documentos se convierten en protocolos de confianza que se mantienen con los colaboradores o directivos de la empresa. Por ello además de identificar los secretos y darle valor, es primordial la capacitación de todos los colaboradores de la firma. Es conveniente que estas estrategias sean compartidas únicamente con las personas  indispensables para ejecutar ese valor.

Normalmente, los empresarios saben cómo hacer que el negocio funcione, pero estos procedimientos no aparecen detallados en ninguna parte. Si queremos empezar por proteger integralmente nuestra modalidad de negocio, debemos arrancar por poner en papel todos y cada uno de los procesos operativos.

Sí –la letra mata– “un manual de procedimientos es un instrumento administrativo que apoya el quehacer cotidiano de las diferentes áreas de una empresa”. En los manuales de procedimientos son consignados, tanto las acciones como las operaciones que deben seguirse para llevar a cabo todas las funciones de la empresa.

2- EL KNOW HOW DE LA EMPRESA

El know how de la empresa es el saber o conocimiento técnico aplicable a nivel empresarial, de carácter secreto  por su alto valor económico que lo hace susceptible de contratación. Este conocimiento puede ser técnico, comercial y debe limitar lo entendido por el secreto comercial.

Lo interesante de esta modalidad es que se constituirá en uno de los activos más importantes del negocio, ya que éste es por lo general el mayor determinante para monetizarlo. Este conocimiento puede ser transferido por medio de un contrato de know how o bajo el régimen de franquicias.

Protegiendo estos conocimientos por medio un contrato de know how podremos transferir estos saberes, técnicos, comerciales o económicos ya que los mismos no pueden ser reservados por herramientas de propiedad intelectual. Estos conocimientos en primario son mantenidos solamente en secreto pero si lo documentamos permitiremos reservar los beneficios no solo para limitar la producción, la venta o la actividad empresarial.

Otra vía de protección es mediante los contratos de confidencialidad. Una vez que contamos con los manuales de procedimientos que contendrán la modalidad detallada de nuestro negocio y que estará disponible a nuestros colaboradores para que cumplan a cabalidad con lo que ofrece el emprendimiento, debemos asegurarnos de que esta información permanezca reservada a nuestra explotación exclusiva.

Lo podemos lograr también mediante contratos que aseguren la confidencialidad de la información proveída y entendida en el proceso de capacitación y producción del negocio. Una adecuada y eficaz redacción de este documento legal asegurará que nuestra idea de negocio esté completamente protegida.

Estos documentos nos ofrecen la posibilidad de tutelar el secreto de los conocimientos técnicos mediante el compromiso de no divulgación y la confidencialidad. 

3- MARCA

Es imprescindible que el potencial de la empresa cuente con una marca registrada, de lo contrario cualquier persona podrá replicar tanto la modalidad como la marca que lo identifica.  El punto puede parecer trivial, pero no lo es, ya que muchas empresas tienen marcas no registradas por estar constituidas con términos genéricos como podría ser “Café Cultura”; “Tu Florería”.

Generalmente se considera que los nombres que no son más que descripciones de un negocio o los nombres de lugares como bienes comunales no son registrables para una empresa. Por ello, si queremos gozar de una protección absoluta de estos bienes debemos entender las prohibiciones y límites de la ley en este asunto y escoger una marca con viabilidad de dominio exclusivo.

Una marca ofrece protección al titular de la marca, garantizándole el derecho exclusivo a utilizarla para identificar bienes o servicios, o a autorizar a un tercero a utilizarla a cambio de un pago. El periodo de protección varía, pero una marca puede renovarse indefinidamente más allá del plazo límite del pago de las tasas adicionales. Los tribunales hacen respetar la protección de las marcas y -en la mayoría de los sistemas- tienen la potestad de sancionar la infracción de las marcas.

En un sentido amplio, las marcas promueven la iniciativa y la libre empresa en todo el mundo, recompensando a los titulares de marcas con reconocimiento y beneficios financieros. La protección de marcas obstaculiza asimismo los esfuerzos de los competidores desleales, como los falsificadores, por utilizar signos distintivos similares para designar productos o servicios inferiores o distintos. El sistema permite a las personas con aptitudes e iniciativa producir y comercializar bienes y servicios en las condiciones más justas posibles, con lo que se facilita el comercio internacional.

4- PATENTES Y MODELOS INDUSTRIALES

Los inventos o descubrimientos son uno de los tipos de creaciones humanas que también pueden ser protegidas mediante regímenes de registro.

En tal sentido, si el negocio ha creado, descubierto o inventado nuevas formas de tratamiento de materiales, maquinarias o procesos que aceleren la producción o cualquier otra creación que goce de una novedad absoluta, aplicación industrial y unidad de la invención, puede ser protegido mediante el régimen de patentes, asegurando a su titular el beneficio exclusivo de la invención desde la solicitud de la patente y hasta 20 años posteriores a su pedido oficial.

Así también, si las creaciones están en el área de lo físico -como diseños de nuevos envases, modelos con una funcionalidad especial y novedosa o una combinación de signos y colores que otorgue distintividad a un objeto- puede ser también protegidas mediante un régimen de registro. En este caso el de modelos y dibujos industriales, convirtiendo a la invención en un activo poderoso de la empresa.

5- DERECHOS DE AUTOR

El derecho de autor es un término jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus obras literarias y artísticas ¿Qué abarca el derecho de autor? El tipo de obras que abarca el derecho de autor incluye: obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro; documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos; películas, composiciones musicales y coreografías; obras artísticas como pinturas, dibujos, fotografías y escultura; obras arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos.

Los derechos de autor protegen la expresión artística y literaria original que sea fijada en forma tangible. Se considera que una obra es susceptible de derechos de protección desde el momento en que la obra es creada. En virtud de la legislación de derechos de autor, una obra se considera «creada» cuando se fija en un medio tangible (soporte material) de expresión por primera vez (1).

LA PROPIEDAD INTELECTUAL COMO ESTRATEGIA DE NEGOCIO

Pocas organizaciones tienen una comprensión clara de la importancia de los activos del conocimiento y cómo dichos activos están distribuidos a lo largo de éstas. Por tanto, ignoran el éxito que se puede lograr a través de la gestión de dichos activos, pero quienes los identifican tienen un claro valor agregado en sus ganancias.

Identificar y valuar el capital intelectual en la organización con el fin de desarrollarlo, almacenarlo, transferirlo y presentarlo en términos monetarios nos permitirá incrementar los beneficios financieros y nos otorgará ventajas competitivas.

Cuando no se valora adecuadamente la propiedad intelectual y se subestiman las posibilidades de obtener beneficios futuros gracias a su uso la misma deja de ser un activo valioso.

“Capital intelectual: es el conjunto de activos de una empresa que, aunque no estén reflejados en los estados contables tradicionales, generan o generarán valor para la misma en un futuro, como consecuencia de aspectos relacionados con el capital humano; y con otros estructurales, como: la capacidad de innovación, las relaciones con los clientes, la calidad de los procesos, productos y servicios, capital cultural y comunicacional, que permiten a una empresa aprovechar mejor las oportunidades que otras, dando lugar a la generación de beneficios futuros”.

Así por ejemplo, en caso de que se produzca una venta, fusión o adquisición, cabe la posibilidad de que aumente el valor de la empresa gracias a los activos de propiedad intelectual. Pero, antes de aprovechar estos activos de propiedad industrial, la empresa tiene que adquirir derechos de propiedad intelectual, varios de los cuales se han de otorgar, pactar o registrar.

La determinación del valor intrínseco del activo intangible de mi empresa representa un dato más en el proceso de negociación. No es solo “precio” sino además es el monto que se está dispuesto a pagar por el beneficio, por el valor futuro que representa esa propiedad intelectual, convirtiéndose en un elemento de negocio.

Pero, ¿cómo es medible este valor? ¿Cómo podemos establecerlo? En primera medida debemos tener en cuenta los equivalentes del mercado considerando el ciclo de vida de la tecnología o la ventaja competitiva. Por ello, al momento de identificar nuestros valores debemos analizar no solo cómo monetizar nuestra invención o innovación si no considerar en qué etapa de maduración se encuentra.

La información confidencial, los datos y el “show how” son también aspectos a tener en cuenta al momento de establecer precios. Sobre todo la manera de transferir las destrezas técnicas y comerciales. La manera de expresar las regalías debe medirse conforme al volumen de producción o ventas que debe abonarse durante un tiempo al titular de los derechos intelectuales.

Es decir, nuestra base de cálculo es el valor de la venta (% de ingreso y/o utilidad), por la unidad producida o vendida. Los precios fijos, escalafonados por tiempo con un monto mínimo garantizado, también pueden ser una opción de transacción.

Debemos también tener en cuenta el valor de mercado; la oferta y demanda de objetos similares o ventajas competitivas cercanas en el mercado. El valor por costo, determinando si el costo que implica el reemplazo o desarrollo para el que requiere la tecnología.

No debe dejarse de lado también el valor por el ingreso futuro; es decir la previsión de los flujos de caja futuros, ya que los regímenes de propiedad intelectual son otorgados por un periodo de tiempo legal establecido y los detalles de know how están supeditados a la aplicabilidad de la solución, evaluando el alcance de la tecnología.

Como hemos visto, propiedad intelectual no se limita al registro de marca, es un amplio abanico de oportunidades. Identificar el capital intelectual de tu empresa te dará muchos beneficios.  Por eso, dale un valor agregado a tu negocio protegiendo tu capital intelectual. 

(1) U.S. Copyright Office, Circular 1: Copyright Basics. 

CILIA ROMERO. PERFIL

Cilia Romero está fascinada con la propiedad intelectual en todas sus formas y cómo ella se conjuga con las necesidades de la empresa a pesar de la innovación y desarrollo del mercado. Dedica su práctica profesional a proteger los activos de las empresas, monetizando el alcance de los negocios de sus clientes a través del cuidado de su propiedad intelectual.

Es docente universitaria e investigadora en varias instituciones académicas de nivel terciario y coordinó varios proyectos sociales en el marco de la responsabilidad social empresarial. En el 2015 publicó su primera obra literaria a la que llamó Sobre Andamios y Tortugas a través de la Editorial Pathos de Café.

 

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