Asunción, Agencia IP. – El expresidente de IPS (2003-2008), Pedro Ferreira, señaló que el acuerdo y sentencia de la Corte Suprema de Justicia, que suspende artículos de la carta orgánica del ente para favorecer la jubilación de unos 129 navieros del sector privado, es inviable.
En entrevista con Radio Nacional, dijo que el planteamiento «es ilegal» y en el ámbito legislativo se deben prever soluciones para proteger la carta orgánica del Instituto de Previsión Social (IPS).
La gerente de Prestaciones Económicas de IPS, Vanessa Cubas, explicó que se trata de una acción de inconstitucionalidad presentada en el 2013 por 129 capitanes navieros. La acción fue en contra los artículos de la carta orgánica que establecen un tope de hasta 10 salarios mínimos para el pago de prestaciones.
El objetivo es que los trabajadores de la flota privada puedan percibir haberes jubilatorios superiores a este tope, atendiendo que cotizan salarios de entre Gs. 40 a 90 millones, dijo en entrevista con la 1080 AM.
El 24 de agosto se dio a conocer el rechazo de la acción autónoma de nulidad presentado por IPS en el 2020. Este recurso judicial se interpone contra resoluciones que afectan a terceros que no fueron parte del juicio y en el caso del fallo a favor de los navieros IPS no fue convocado pese a la recomendación de la Fiscalía General, recordó la gerente.
«Por medio de una resolución judicial no se puede cambiar el modelo de financiamiento del IPS, de capitalización colectiva a capitalización individual», indicó. En cuanto a montos, la previsional deberá desembolsar con el fallo unos US$ 105 millones que apeligran las reservas del ente.
«El mensaje que quiero dar es que nosotros no vamos a permitir que este acuerdo y sentencia quede así. No vamos a dar cumplimiento sin antes dar toda la pelea en instancias nacionales e internacionales», expresó Cubas.
Al respecto, se solicitó una auditoría a la Corte Suprema de Justicia y se hará una auditoría interna en IPS para encontrar responsabilidad administrativa, si las hubiere, respecto al manejo del expediente. En estos momentos se presentó una apelación contra la resolución de la semana pasada porque aún no se cumplió el plazo de caducidad de la acción autónoma de nulidad, según indicó.
Reforma de la carta orgánica
Tanto la gerente de Prestaciones Económicas como el expresidente de la previsional se mostraron de acuerdo en que una de las principales modificaciones pendientes en la carta orgánica es cambiar el tiempo de referencia para la jubilación.
Actualmente es de 36 meses (3 años), que no representan los años de aporte de los trabajadores. Según Ferreira, muchos trabajadores disminuyen sus ingresos al final de su etapa laboral, y según Cubas, muchos toman provecho de la situación para cotizar un salario elevado en los últimos años, mientras que sus aportes al seguro social fueron en promedio bajos.