El Banco Central del Paraguay (BCP) emitió la resolución en la que se aprueba la reglamentación de la “Cuenta Básica Mipymes”. La misma establece requisitos simplificados para la apertura de cuentas en moneda nacional para las micro, pequeñas y medianas empresas.
Con esta reglamentación, el BCP busca promover la inclusión financiera de ciertos sectores de la población, para lo cual resulta importante dotar a las entidades financieras de mecanismos que permitan impulsar la oferta de productos que faciliten el acceso de estos sectores a los servicios financieros.
En ese sentido, la “Cuenta Básica Mipymes” está orientada a coadyuvar en el acceso a los servicios financieros de la micro, pequeñas y medianas empresas, en consonancia con las políticas públicas de promoción y formalización para la competitividad y desarrollo de estas empresas.
Entre las principales características de la Cuenta Básica Mipymes es que no requiere monto mínimo de apertura, ni saldo promedio mínimo de mantenimiento, permite operaciones o transacciones sin costos, entre otros, y el límite operacional mensual de 20 salarios mínimos (superior al límite de una cuenta básica de ahorros).
Los requisitos para la apertura de una cuenta básica Mipymes son: contar con la Cédula Mipymes vigente, no contar con otras cuentas de depósitos convencionales en el sistema (de ahorro o cuenta corriente), aunque se exceptúa las cuentas básicas de ahorro personales, las cuales estarán limitadas a hasta un máximo de 2 (dos) cuentas en el sistema.