Informconf y gremios aplauden resolución de la CSJ

Con relación a la Acordada dictada por la Corte Suprema de Justicia, y que fuera hecho público por el secretario General de la máxima instancia judicial, Alejandrino Cuevas, que regula el acceso a datos del Poder Judicial, el Sr. Miguel Castillo, Gerente General de la firma INFORMCONF S.A., expresó su satisfacción y la de los gremios del sector bancario, financiero, cooperativo y comercial por la nueva medida adoptada por la Corte.

Castillo manifestó que dicha resolución ha restablecido el justo equilibrio que debe existir entre el derecho a la privacidad y el derecho a la información que tienen las personas, ambos de igual jerarquía constitucional.

La Ley que reglamenta la Información de Carácter Privado, claramente prohíbe la difusión de datos relacionados a pertenencias raciales o étnicas, preferencias políticas, estado de salud, convicciones religiosas, filosóficas y morales, y en general cualquier dato que fomente perjuicios o discriminaciones o que afecten la dignidad, la privacidad o la imagen privada de las personas, y esto ha sido ratificado por la nueva Acordada de la Corte.

La nueva normativa también aclara que la recopilación de datos vinculados al incumplimiento de obligaciones dinerarias está permitida por la ley y advierte que el acceso quedará limitado exclusivamente a datos de juicios ejecutivos, quiebras y convocatorias.

Castillo enfatizó que la nueva Acordada cumple con el objetivo de permitir el acceso a la información de antecedentes judiciales de los potenciales deudores del sistema financiero y del comercio en general, lo cual resulta vital para la toma de decisiones crediticias sanas, y a la vez preserva el riesgo de divulgación de otros tipos de procesos que sí podrían afectar la privacidad de las personas, como demandas de divorcio, filiación, etc.

Refirió que la resolución administrativa que había dictado la Corte en el mes de Junio pasado, restringiendo el acceso a la base de datos de la Oficina de Estadísticas a la firma Informconf S.A., tuvo como fundamento la protección del derecho a la privacidad de las personas.

También destacó que el trabajo puesto por la Corte en la defensa del derecho a la intimidad de las personas era absolutamente plausible, pero faltaba precisar qué informaciones caían dentro de la esfera de la intimidad de las personas, y cuales podían ser difundidas libremente, en consonancia con la Ley 1682, con el propósito de precautelar la salud del sistema financiero nacional y del crédito en general.

Gremios importantes del país, como la Asociación de Bancos del Paraguay, la Asociación de Entidades Financieras y los gremios del sector cooperativo y comercial, habían solicitado a la Corte una normativa clara que regule el acceso a la información pública, y este propósito ha quedado plenamente satisfecho con la nueva Acordada.

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