COVID-19: Reglamentan ley para cubrir gastos de pacientes en UTI

Beneficia a quienes estén siendo tratados tanto en el sector público como privado.

El decreto 5.140/21 reglamenta el fondo para cubrir los gastos en unidades de terapia intensiva de pacientes con COVID-19, sea en el sector público, privado o previsional.

La cobertura será de hasta G. 13 millones por día para pacientes que ingresan a hospitales del sector privado por medio del Ministerio Público.

Los pacientes sin seguro que ingresan directamente al sistema privado de salud también tendrán la misma cobertura.

La cobertura de G. 13 millones por día será a partir de la fecha en que se realice la solicitud por el familiar o responsable, o por el hospital privado, para acogerse a los beneficios de la ley, previa auditoría del Ministerio de Salud.

Para los pacientes con seguro de salud privado, la Ley 6.725/2021 establece que lo abonado por el Fondo de Cobertura será la diferencia de lo no cubierto por el seguro, previa solicitud de algún familiar o comunicación del hospital privado, informó IP.

Las solicitudes para acogerse a los beneficios del Fondo de Cobertura serán presentadas ante el Servicio de Emergencia Médicas Extrahospitalarias (Seme) y la Dirección de Terapias Intensivas del Ministerio de Salud.

FINANCIAMIENTO DEL FONDO

El Fondo Nacional de Cobertura será financiado con reasignaciones y préstamos en ejecución, así como partidas presupuestarias del Ministerio de Salud para el 2021, que incluyen parte de la línea de crédito de US$ 1.600 millones aprobada hace un año.

En su artículo 11, el decreto reglamentario establece que las binacionales Itaipú y Yacyretá podrán suscribir convenios para la compra de medicamentos e insumos para el tratamiento del COVID-19 que serán destinados a los hospitales indicados por el Ministerio de Salud.

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