La justicia desestima el recurso de Reino Unido contra la Tasa Tobin

El primer ataque judicial al impuesto sobre la compraventa de instrumentos financieros cae en saco roto. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desestimado el recurso del Reino Unido contra la decisión de once países de la UE, entre ellos España, de crear el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), conocido popularmente como la Tasa Tobin. Sin embargo, la decisión del tribunal no entra a valorar si el impuesto es legal o ilegal, ya que, advierte, éste todavía no se ha creado.
Once países de la UE (Bélgica, Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Italia, Austria, Portugal, Eslovenia y Eslovaquia) están negociando en estos momentos los detalles del ITF. Su intención es llegar a un acuerdo antes de las elecciones europeas (22-25 de mayo). La iniciativa sigue el procedimiento de cooperación reforzada, que permite sacar adelante legislación europea sin necesidad de que esta se aplique en todos los Estados miembros. Reino Unido pedía a la justicia europea que detuviera ese procedimiento, alegando que el ITF tenía efectos extraterritoriales y que supondría gastos para los Estados que no participan en él.
Pero el TJUE ha rechazado esos argumentos. «Las alegaciones del Reino Unido se refieren a elementos de un futuro impuesto y no a la autorización de establecer una cooperación reforzada», asegura el TJUE en un comunicado. Y añade: «Los elementos de un futuro ITF que rebate el Reino Unido no son en modo alguno elementos constitutivos de la decisión impugnada».
En la práctica, lo que dice la justicia europea es que la decisión de iniciar un mecanismo de cooperación reforzada para implantar un ITF por parte de once países es simplemente eso: un acuerdo para trabajar en la creación de un nuevo impuesto. Pero que en ese pacto no se incluye ninguno de los elementos que preocupan al Reino Unido. Es decir: que la futura ITF, una vez aprobada, podría tener elementos de extraterritorialidad y suponer gastos a otros Estados miembros, o podría no tenerlos. Y que hasta entonces, no cabe frenar el proceso.
«El Tribunal de Justicia considera que las dos alegaciones del Reino Unido se refieren a elementos de un eventual ITF y no a la autorización de establecer una cooperación reforzada, de modo que no cabe acogerlas y el recurso debe desestimarse», afirma la institución judicial europea.
Reacción de la Comisión Europea
La Comisión Europea ha celebrado la sentencia del TJUE. «La Comisión siempre ha confiado en que la decisión de la cooperación reforzada para un Impuesto a las Transacciones Financieras era legalmente sólida», ha afirmado Emer Traynor, portavoz de Algirdas Semeta, comisario de Fiscalidad de la UE.
«La decisión [del TJUE] da total legitimidad a la decisión del Consejo Europeo de permitir a los 11 Estados Miembros a proceder con un ITF común. Esperamos que la decisión de hoy dé un ímpetu añadido [a sus negociaciones]», ha apuntado Traynor.
Dudas legales sobre el ITF
Aunque se trata de la primera sentencia oficial sobre esta tasa Tobin a la europea, no es el primer encontronazo jurídico al que se enfrenta.
Según un documento confidencial emitido en septiembre de 2013 por los servicios legales del Consejo Europeo, la propuesta de la Comisión Europea para crear el ITF sería ilegal en tres puntos clave: grava sin base jurídica a entidades que no residen en los Estados que van a aplicar la ITF (tanto dentro como fuera de la UE), viola las competencias fiscales de los Estados miembros que no participan y es discriminatorio para con estos últimos.
Esto supone un duro golpe al «principio de residencia», por el que la Comisión pretendía gravar todas las transacciones que involucraran a un comprador o vendedor residente en la UE, independientemente de si esa operación se cierra en un mercado alemán (que participa en el ITF), de Reino Unido (miembro de la UE que no participa) o en las Islas Caimán. Pero si este «principio de residencia» no es aplicable, la Comisión pierde su principal herramienta para evitar que el ITF desvíe volumen de operaciones desde las bolsas de los once estados participantes a otros mercados como la City británica.
La Comisión Europea, en cambio, considera que la medida no es ilegal, aunque reconoce que va a hacer falta llegar a un acuerdo con cada uno de los países donde se quiera recaudar.
La Tasa Tobin europea
Los planes originales de la Comisión Europea proponían gravar la compraventa de un amplio abanico de productos financieros, desde acciones a derivados, pasando por bonos soberanos (un 0,1% del valor de la transacción a cada una de las partes que participase en operaciones al contado y un 0,01% sobre las de derivados).
Bruselas estimaba una recaudación del ITF de entre 30.000 y 35.000 millones de euros, que en España se traducirían en entre 4.200 y 4.900 millones de euros. ç
Sin embargo, los once países tienen miedo a los daños colaterales de un ITF demasiado amplio y han empezado a limitar su alcance. Para empezar, existe ya un principio de acuerdo para que el enfoque sea gradual: primero se gravarían las acciones (tal vez también los derivados sobre acciones) y luego, una vez visto el impacto, se ampliaría, o no, a otros instrumentos.
Luis de Guindos, ministro de Economía español, anunció a mediados de mes en Atenas que ya había un principio de acuerdo entre los once países. La Comisión Europea advirtió poco después de que todavía queda mucho trabajo por hacer.
Quejas del sector financiero
La mayor parte de la industria financiera se ha opuesto frontalmente a la creación de este nuevo impuesto, desde bancos a compañías que gestionan las bolsas europeas.
El sector advierte de que los sucesivos intentos de crear impuestos similares en otros países de la UE (Francia e Italia por ejemplo) han recaudado sistemáticamente menos de lo esperado, y han provocado fuertes caídas en los volúmenes de negociación.
Un estudio realizado por la City de Londres y patronales del sector financiero británico advierten de que un ITF tal y como lo planteó la Comisión Europea inicialmente podría tener un impacto en el PIB a largo plazo de los países de la eurozona: -0,8% en Alemania, por ejemplo, y -0,5% en España.

Fuente: Expansión

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