Tributación inscribirá de oficio en el Impuesto a la Renta Personal

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la Resolución General Nº 5/13 por la cual se disponen medidas administrativas para la aplicación del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (IRP). La normativa dispone que los organismos de la Administración Central, Entidades Descentralizadas, empresas públicas y de economía mixta deban informar la nómina del personal cuya remuneración bruta durante el año 2013 haya sido igual o superior a 179.089.056 guaraníes.

Esta obligación de informar alcanza igualmente a las unidades o reparticiones encargadas del área administrativa y de recursos humanos, dependientes de cada uno de los poderes del Estado, las entidades Binacionales, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

La SET procederá a inscribir de oficio en el RUC a las personas físicas cuyas remuneraciones hayan superado el rango no incidido para ser contribuyente del IRP y que a la fecha no han dado cumplimiento a esta obligación formal.

La resolución aclara además que se entiende por remuneración bruta la suma total de los egresos o erogaciones pagadas por las instituciones o entidades públicas durante el ejercicio fiscal 2013, en concepto de salarios, bonificaciones, sobresueldos, horas extras, gratificaciones, gastos de representación, dietas, excluido el aguinaldo obligatorio por ley.

La información requerida a las instituciones deberá ser presentada en enero de 2014, conforme al calendario perpetuo de vencimientos para el IVA. En caso de incumplimiento, está prevista la aplicación de la multa máxima contemplada en el Art. 176 de la Ley N° 125/91 y sus actualizaciones.

La normativa especifica además que el referido informe debe ser presentado en formato digital, en archivo tipo Excel, adjuntando junto al expediente el soporte electrónico que contenga en detalle los datos tales como: Nombre y Apellido, Nº de Cédula de Identidad, número de teléfono, correo electrónico, domicilio laboral, monto bruto del total de las remuneraciones abonadas en el año, etc., todo esto conforme a los anexos I y II de la resolución.

Las personas físicas inscriptas de oficio en el IRP, deberán presentarse igualmente ante las oficinas de la SET cumpliendo con los requisitos generales previstos para la realización de trámites ante el RUC, a los efectos de actualizar sus datos y obtener la clave de acceso al Sistema Marangatú.

Fuente: Ministerio de Hacienda.

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