Presentar Declaración Jurada en ERAS tendrá costo

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), dependiente del Ministerio de Hacienda, emitió la Resolución General Nº 08/13, por la cual se establecen disposiciones generales en materia de presentación de Declaraciones Juradas (DDJJ) y pago de impuestos.

Conforme a dicha normativa, cuando los contribuyentes opten por presentar sus Declaraciones Juradas en forma física (papel), a través de las Entidades Recaudadoras Autorizadas, la comisión por el servicio de procesamiento, validación y transmisión de datos correrá a cargo del contribuyente a cuyo nombre se realiza la presentación.

Esta disposición entrará en vigencia el 1 de enero de 2014, siendo el costo de este servicio de hasta guaraníes cinco mil (G.5.000), incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Las declaraciones juradas presentadas a través de Entidades Recaudadoras Autorizadas (ERA) servirán de suficiente respaldo impositivo para documentar el crédito fiscal inherente al pago de la comisión, siempre que cumplan con los requisitos fijados en la norma.

En adelante, los contribuyentes y responsables tendrán un plazo perentorio de ciento veinte (120) días para realizar cualquier tipo de reclamos, cuando constaten errores por parte de las Entidades Recaudadoras Autorizadas en el procesamiento de las declaraciones juradas y boletas de pagos.

Fuente: Ministerio de Hacienda.

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